SIMAS – Cabildo y Consejo …Hunden a Sabinas

26 julio, 2021 en

Simas Sabinas.

*Autoriza Consejo de SIMAS y cabildo

  de Sabinas, crédito fiscal

 

Redacción.-

Siempre le hincan el diente al usuario.

Sabinas, Coah.- Sin importarles endeudar un sistema que por sí solo era redituable y permitía ejecución de obra, hasta que inició esta administración.

El Consejo de SIMAS integrado por diversos órganos ajenos al gobierno, así como por miembros del cabildo como las regidoras Miriam Salas y Elizabeth de Hoyos Yutani, el director de obras públicas Alejandro Mendoza y el alcalde Cuauhtémoc Rodríguez Villarreal, entre otros, autorizaron la solicitud para la obtención de un crédito fiscal, sin siquiera definir la repercusión que este tendrá.

Oculto bajo el concepto que es la forma en que podrán conceder la oportunidad de pago en parcialidades al usuario que tiene adeudos, así lo plantearon ante el cabildo que, sin mayor investigación ni cuestionamiento, lo aprobaron.

Según ellos, porque es la manera en que beneficiarán a la gente, aunque no se trata de un descuento, sino solamente permitirán a los ciudadanos de a pie que cuban en varios pagos lo que deben, a menos que quieran prescindir del servicio y eso sí, a los grandes deudores, a los que suman retrasos millonarios, les borrarán de un brochazo ese concepto.

El Artículo 13 de la Ley de Aguas es clara, al mencionar que los adeudos a cargo de los usuarios de los servicios de agua potable, drenaje y alcantarillado, tendrán el carácter de crédito fiscal y los organismos operadores podrán hacer efectivo dicho adeudo, o bien lo podrán hacer valer a través del Ayuntamiento respectivo, conforme lo establece el cobro coactivo establecido en el Código Municipal para el Estado.

Sin agua, pero mucho cobro.

El mismo documento, dice que el adquirente, persona física o moral, de un inmueble o negociación que reporte créditos exigibles

por concepto de los servicios que son objeto de esta Ley, responderá solidariamente por el pago de ellos, hasta el límite de su monto, incluidos los recargos y las sanciones que procedan.

Los notarios o corredores públicos, y, en general, cualquier Fedatario que, facultado por la Ley, intervenga para dar fe de actos traslativos de dominio, solicitaran a las partes de dichos actos presenten certificado de no adeudo de agua expedido por el organismo correspondiente, por lo que en caso de no solicitarlo responderán también solidariamente por los créditos a que se refiere el párrafo anterior, hasta el mismo monto.

De esa naturaleza es la aprobación de los regidores, aunque al que le pregunte no sabrán para que fue que levantaron la mano, menos los integrantes del Consejo que solo asisten cuando se les llega a llamar.

Pero no tienen mayor intervención en esa reuniones que convoca el gerente general del sistema, Juan Antonio González, un personaje a quien apodan “el cura”, quien llegó de Saltillo y desde que Temo Rodríguez está al frente de la administración él se ha enfrentado con todos los usuarios del sistema.

Abusones y sinvergüenzas.

Los actos y resoluciones relativas a esta Ley se notificarán a los usuarios en los términos establecidos por el Código Municipal para el Estado de Coahuila, es decir, tan pronto apliquen este concepto, los usuarios que se acojan al supuesto beneficio prácticamente están en capilla, por el “crédito fiscal” adquirido, menos aquellos a quienes protegerán a capa y espada al condonarles al 100% las sumas que deban.

La conservación y mantenimiento de los sistemas de agua potable, así como la fijación y el cobro de las tarifas correspondientes en cada municipio, están a cargo de los organismos públicos descentralizados de los Municipios del Estado, los cuales tienen personalidad jurídica y patrimonio propios, y se denomina “Sistemas Municipales de Aguas y Saneamiento”.

En el Artículo 11 de la Ley de Aguas, señala que los usuarios de los servicios de agua potable, drenaje, alcantarillado, tratamiento, reuso y disposición de aguas residuales, están obligados a pagar las tarifas que por concepto de la prestación del servicio se establezcan por los organismos correspondientes dentro de los plazos que se fijen para tal efecto.

La falta de pago oportuno, obligará al usuario a cubrir los recargos correspondientes conforme al procedimiento establecido.

Y va más allá, al señalar que los servicios de agua potable, drenaje y alcantarillado no podrán ser objeto de exención o condonación alguna.

Crédito fiscal terminará de hundir a Simas.

Los usuarios particulares, los gobiernos y dependencias o entidades federales, estatales o municipales, instituciones educativas y culturales o de asistencia pública o privada en consecuencia, estarán obligados a su pago.

Cualquier disposición que contravenga lo previsto por el párrafo anterior será nula de pleno derecho e implicará que quien la emita se haga acreedor a que le sea fincada la responsabilidad correspondiente, salvo lo dispuesto en el caso del descuento otorgado a los adultos mayores y pensionados.

Es decir, con esa  autorización simplemente adquieren un crédito fiscal para cubrir adeudos pendientes y todo lo que caiga de forma adicional, como el pago en parcialidades que usted, como deudor, firmará, irá a dar a la buchaka de unos cuantos…

Viva Sabinas y su cabildo!!!

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