
Enviado Por: César Huerta

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) dejó firme este jueves la sentencia que obliga a Primero Empresa Minera, filial de la canadiense First Majestic Silver Corp., a pagar un crédito fiscal por 2 Mil 868 Millones 853 Mil 516.57 Pesos, correspondientes al Impuesto sobre la Renta (ISR) y al Impuesto Empresarial a Tasa Única (IETU), además de recargos, actualización y multas del ejercicio fiscal de 2012.
Por unanimidad, el Pleno de la “nueva Corte” aprobó el proyecto presentado por la ministra Lenia Batres Guadarrama, quien revocó un acuerdo emitido en Febrero por la entonces presidenta Norma Piña Hernández, el cual había permitido la admisión del amparo directo en revisión 276/2025 promovido por la minera.
El asunto fue finalmente desechado tras resolverse el recurso de reclamación 105/2025 presentado por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP).
Batres reveló que la empresa había pedido a la Corte aplazar la resolución, argumentando que mantenía conversaciones con las autoridades fiscales para llegar a un acuerdo sobre su deuda. Sin embargo, la ministra desechó esa posibilidad:
“En realidad, no observamos que exista ningún tipo de mecanismo alternativo de solución en la propia normativa y, por lo tanto, estamos incorporando ya en el proyecto que no a lugar a decretar ningún aplazamiento y mantenemos este proyecto de resolución”.

La minera alegó la inconstitucionalidad de diversos artículos de la Ley del Impuesto sobre la Renta (ISR) y del Código Fiscal de la Federación, por supuesta violación a sus derechos de seguridad jurídica y acceso a la justicia.
Hacienda respondió que el caso carecía de interés constitucional o excepcional, argumento que fue respaldado por la mayoría del Pleno.
“Respecto al artículo 92, fracción II, de la Ley del ISR vigente en 2012, no existiría pronunciamiento excepcional porque el sistema tributario permite desestimar los planteamientos de la quejosa, tal como lo hizo el tribunal colegiado”, señala la resolución.
Asimismo, la Corte consideró que los argumentos de la empresa ya habían sido discutidos en casos previos, por lo que no existía materia novedosa ni relevancia constitucional para admitir la revisión.
En su intervención, Batres recordó que Primero Empresa Minera ha promovido otros amparos sobre los artículos 34-A y 36 del Código Fiscal de la Federación, y el 46, fracción III, de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, todos ya resueltos con anterioridad.
La ministra subrayó que no había razón jurídica para mantener abierto un caso que “solo busca prolongar artificialmente el conflicto”.
Esta no es la primera vez que la minera recurre a tácticas dilatorias. El pasado 23 de Octubre, la SCJN le impuso una multa de 70 UMA (casi 8 Mil Pesos) por promover un impedimento infundado contra la ministra Yasmín Esquivel Mossa, con el fin de retrasar su juicio.
“Es evidente que lo hacen con el fin de prolongar el conflicto…y luego resulta que los responsables de que se alargue somos nosotros”, advirtió en aquella ocasión la ministra María Estela Ríos González. Con esta resolución, la Primero Empresa Minera deberá cubrir la deuda fiscal determinada por el Servicio de Administración Tributaria (SAT), en un fallo que marca un precedente en la nueva etapa de la Corte, que busca cerrar el paso a las argucias procesales de grandes corporaciones que durante años evadieron sus obligaciones tributarias.
 El semanario de Coahuila
                    