Propone Morena – Revocación de Mandato …a Gobernadores y Legisladores

14 febrero, 2022 en

Alejando Armenta Mier…Propone en el Senado extender Ley de revocación de mandato a Diputados, Senadores y Ejecutivos Estatales.

*Iniciativa de Morena en el Senado para extender

  Ley de revocación de mandato a Diputados,

  Senadores y Ejecutivos Estatales.

 

Por Edron – (Con información de Gabriel Ramírez).-

Senado de la República…Se aprobará esta Ley???

El senador Alejando Armenta Mier presentó una iniciativa de reformas a diversas disposiciones de la Constitución para que la revocación de mandato incluya a diputados federales, senadores y gobernadores.

Además el senador por Morena argumenta que la revocatoria de mandato se fundamenta en los principios de soberanía popular, representación y rendición de cuentas.

En consecuencia es -a través de los cuales el pueblo ejerce su soberanía- dice.

“Es por tanto una de las figuras de participación electoral menos explorada por los regímenes democráticos de todo el mundo”, según se publicó en la Gaceta del Senado.

Inclusión

Para Morena, se trata de la inclusión de la ciudadanía hacia la democracia participativa como derecho fundamental estipulado en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Por otra parte, se indica que una democracia, como la mexicana, requiere fortalecer sus mecanismos de participación ciudadana.

Por ello, electorado debe tener el derecho de revocar un mandato cuando la mala actuación de sus representantes así lo amerite.

Presidente

En consecuencia se establece que la revocación de mandato del presidente por objeto regular y garantizar el ejercicio del derecho político de las ciudadanas y los ciudadanos.

Esto es, a solicitar, participar, ser consultados y votar respecto a la revocación del mandato de la persona que resultó electa popularmente como titular de la Presidencia de la República.

Los demás

Así mismo, se indica, “es necesario y fundamental que se aplique la revocación de mandato tanto a Senadoras y Senadores de la República, Diputados Federales, así como Gobernadores”.

“Que ya está contemplado en nuestra Constitución solo faltaría incluirlo adecuadamente en la Ley federal de revocación de mandato”, señala la iniciativa.

Una de las figuras de participación electoral menos explorada

Además, “con el fin de que cuando los ciudadanos no se sientan conformes con el trabajo realizado, se pueda revocar”.

Precedente

Es necesario ponerlo en práctica para “sentar un precedente, y así no caer en una burocracia pudiendo avanzar como país”, se alerta en el documento.

En consecuencia, logrando “una mejora en la calidad de vida de todos los gobernados, siendo imposible que se deseche la opinión del pueblo”, dice Morena.

Proyecto de Ley

Único.- Se reforman diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos para quedar como sigue:

Artículo 35: Son derechos de la ciudadanía: Fracción IX: Participar en los procesos de revocación de mandato.

El que se refiere a la revocación de mandato del Presidente de la República, los titulares del poder ejecutivo en las entidades federativas y Ciudad de México e incluir a los titulares del poder legislativo federal, se llevará a cabo conforme a lo siguiente:

Artículo 35 Fracción IX Numeral 5:

El Instituto Nacional Electoral tendrá a su cargo, en forma directa, la organización, desarrollo y cómputo de la votación.

Emitirá los resultados de los procesos de revocación de mandato del titular del Poder Ejecutivo Federal, titulares del ejecutivo en los Estados y los titulares del poder legislativo federal, los cuales podrán ser impugnados ante la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, en los términos de lo dispuesto en la fracción VI del artículo 41, así como en la fracción III del artículo 99.

Artículo 56: La Cámara de Senadores se renovará en su totalidad cada seis años y su mandato podrá ser revocado.

Se reformará la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos???

Artículo 59: Los Senadores podrán ser electos hasta por dos periodos consecutivos y los Diputados al Congreso de la Unión hasta por cuatro periodos consecutivos y con posibilidad de revocación de mandato.

La postulación sólo podrá ser realizada por el mismo partido o por cualquiera de los partidos integrantes de la coalición que los hubieren postulado, salvo que hayan renunciado o perdido su militancia antes de la mitad de su mandato.

Transitorio

Único.- El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el diario oficial de la federación.

Dado en el salón de sesiones del Senado de la República, el pasado 7 de Febrero del 2022.

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